Existe un amplio consenso de que el cambio climático podría presentar, un riesgo sistémico a los mercados financieros.
Pero ¿qué entendemos por riesgos sistémicos?
No existe una definición universalmente aceptada, sin embargo, existen ciertas características comunes (1) la noción de que un shock al sistema financiero puede ser amplificado por ciertas fuerzas y propagarse ampliamente, (2) que la propagación cause un deterioro a las mayores partes del sistema financiero y (3) que el deterioro “contagie” a la economía real.
Los riesgos causados por el cambio climático tienen el potencial de desencadenar una cadena de eventos.
Los riesgos sistémicos ocurren más probablemente cuando los precios de los activos no incorporan en su totalidad riesgos relevantes – en el caso del cambio climático, me refiero a riesgos físicos, de transición, reputacionales, legales y de litigación.
Existe cierta evidencia de que estos riesgos, se encuentran subvalorados, lo cual es bastante claro en sectores como la generación de energía a partir de carbón o diésel, hipotecas de propiedades ubicadas en zonas afectadas por el cambio climático, puertos, plantaciones, sanitarias, minerías, etc. Esta subvaloración nos puede conducir a una abrupta y disruptiva revalorización de estos activos en tanto el mercado “descubra” estas anomalías.
Este reconocimiento ya entrega ciertas señales, cuando la Superintendencia de Pensiones publica una nueva norma de carácter general Nº276, que comenzará a regir en mayo de 2021, que incorpora, entre otros, el riesgo climático en las políticas de inversión y de gestión de riesgos exigiendo, nuevos requerimientos legales, que, bien aplicados, pueden dejar obsoletos ciertos modelos de negocios.
Que la Superintendencia de Pensiones haya reconocido el riesgo climático sobre las inversiones de sus regulados, es muy importante, tanto por el nivel de activos que manejan, alcanzando los $160.610.114 millones al 30 de noviembre de 2020, lo que equivale a más de un 63% del PIB chileno, como por el hecho de que deben tener una mirada a largo plazo, al manejar fondos destinados a las jubilaciones.
En la misma línea, y a fines de Septiembre de este año la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), publicó su Estrategia para Enfrentar el Cambio Climático, donde recoge los objetivos y plan de trabajo desarrollado. Lo anterior dirigido a los emisores de valores, y que se encuentra consagrado en la NCG Nº386, actualmente en consulta pública.
¿Por qué es importante el rol del regulador?
El regulador debe, entre otros, proteger a los inversionistas, facilitar la formación de capital, y mantener los mercados funcionando en forma ordenada y eficiente.
¿Y cómo lo anterior intersecta con el cambio climático?
A través del aseguramiento del entendimiento de que los actores financieros manejen-comprendan los riesgos derivados del cambio climático para nuestra economía. Para poder efectuar esta valoración, es necesario información completa, precisa, confiable acerca de estos riesgos. Lo anterior parte con la publicación de la evaluación, de la propia compañía, de los riesgos climáticos, en tanto ellos puedan afectar financieramente a la misma. Lo anterior significa que los inversionistas tengan acceso a esta información, y, en consecuencia, puedan conocer los riesgos, y, en su caso, proteger sus inversiones y potencialmente re dirigir las mismas, a empresas que tengan un menor riesgo asociado al cambio climático.
Junto a lo anterior, debemos considerar, ir más allá, y considerar su misión en un sentido más amplio, lo que incluye la supervisión de los fondos, agentes, agencias de riesgo crediticio, y estándares de contabilidad.
Finalmente, es importante considerar que el cambio climático, a diferencia de otros fenómenos, es potencialmente irreversible, en términos de los daños que puede causar, de ahí nace la importancia de actuar a tiempo.